EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N ZA Nº 8.297/19
ARTICULO 1º: Concédase la excepción a la Ordenanza de Zonificación según Usos y Costumbres Nº 7494/18, Decreto 61/19, autorizando, al Sr. Hugo Omar Arrieta, DNI 5.527.149, a desarrollar su actividad comercial consistente en la instalación de un depósito de soda y agua, en el inmueble individualizado en catastro como: Nomenclatura Catastral: Circ: I, Sec: C, Ch: 125, Manz: 125 “d” Parc: 21. Partida: 28913, por un plazo máximo y perentorio de 3 años, contados a partir de la promulgación de la Ordenanza que a tales fines se sancione.
ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.-
Expediente Nº 17.693/19.-