EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N ZA  Nº  8.400/20

 

ARTICULO 1º: Autorizase a la Sra. Jorgelina Lujan en representación de la Escuela de Actividades Culturales, el Uso del Espacio Público en la vereda de calle Avellaneda Nº 127, intersección de calles Alberdi y Primera Junta e intersección de calles Buenos Aires y Moreno, de la ciudad de Chacabuco, desde el día 11 al 18 de febrero de 2.020, en el horario de 8:00 hs. a 12:00 hs. Motivo: Colocación de tres buzones intervenidos por la Comunidad Artística.

ARTÍCULO 2º: Los Solicitantes serán responsables por Accidentes u otros inconvenientes que puedan surgir durante la actividad a desarrollarse.

 ARTICULO 3º: La erogación resultante para la organización del evento (Sadaic, Seguros, etc.), será afrontada por el solicitante.

ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.

ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS ONCE DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTE.-

 

Expediente Nº 17.841/20.-