EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N ZA Nº 8.400/20
ARTICULO 1º: Autorizase a la Sra. Jorgelina Lujan en representación de la Escuela de Actividades Culturales, el Uso del Espacio Público en la vereda de calle Avellaneda Nº 127, intersección de calles Alberdi y Primera Junta e intersección de calles Buenos Aires y Moreno, de la ciudad de Chacabuco, desde el día 11 al 18 de febrero de 2.020, en el horario de 8:00 hs. a 12:00 hs. Motivo: Colocación de tres buzones intervenidos por la Comunidad Artística.
ARTÍCULO 2º: Los Solicitantes serán responsables por Accidentes u otros inconvenientes que puedan surgir durante la actividad a desarrollarse.
ARTICULO 3º: La erogación resultante para la organización del evento (Sadaic, Seguros, etc.), será afrontada por el solicitante.
ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.
ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS ONCE DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTE.-
Expediente Nº 17.841/20.-