EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N ZA Nº 8.427/20
ARTICULO 1º: Autorizase a la firma “RED G.A.S.”, y en nombre de la misma a su Gerente Técnico Operativo Sr. Claudio Varella, en calidad de representante Técnico de la firma Camuzzi Gas Pampeana, el Uso del Espacio Público, uso del suelo y apertura de zanjas, para ejecutar el tendido de cañerías, para ampliación de red de gas natural, en la ubicación y en el marco del proyecto que a continuación se detalla:
Proyectos de Camuzzi Gas Pampeana S.A.
- N° 08-006852-00-19, sector comprendido por calles 14 de Julio y Junín, de la ciudad de Chacabuco.
ARTÍCULO 2º: Los solicitantes serán responsables por accidentes u otros inconvenientes que surgir durante el desarrollo de la obra solicitada.
ARTÍCULO 3º: Comuníquese por parte de los solicitantes al Departamento Ejecutivo Municipal a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes a la utilización de Espacio Públicos.
ARTICULO 4: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.
Expediente Administrativo D.E. Nº 4029-1023/20.
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS SEIS DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTE.-
Expediente Nº 17.919/20.-