EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N ZA Nº 8.431/20
Derogada por Ordenanza Nº 9828/23
ARTÍCULO 1º: Autorizase al Sr. Heraldo Ángel Orsi, DNI: 4.968.384, el Uso del Espacio Público en calle Falucho N° 237, de la ciudad de Chacabuco (B), para reserva de estacionamiento de vehículos frente a su domicilio, y colocación de discos de prohibición de estacionamiento y pintado de cordón amarillo, fundado en su discapacidad motriz, acreditada con el certificado correspondiente.
ARTÍCULO 2º: EL Espacio Público otorgado, será de 6 (seis) metros, a partir de la línea límite del garaje, incluyendo el mismo.
ARTICULO 3°: Remítase copia de la presente Ordenanza a la Secretaría de Seguridad Ciudadana.
ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.
ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, inscríbase y archívese.
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS SEIS DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTE.-
Expediente Nº 17.880/20.-