EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N ZA  Nº  8.457/20

 

ARTICULO 1º: Autorizase a la firma “RED G.A.S.”, y en nombre de la misma al Sr. Claudio Varella, el Uso del Espacio Público, uso del suelo y apertura de zanjas, para ejecutar el tendido de cañerías, para ampliación de red de gas natural, en la ubicación y en el marco del proyecto que a continuación se detalla:

Proyectos de Camuzzi Gas Pampeana S.A.

  • N° 08-006930-00-20, sector comprendido por calles:

– Andrés de Vera, entre calles Domínguez y Cano, de la ciudad de Chacabuco

– Cano, entre Andrés de Vera y Espora, de la ciudad de Chacabuco.

ARTÍCULO 2º: Los solicitantes serán responsables por accidentes u otros inconvenientes que surgir durante el desarrollo de la obra solicitada.

ARTÍCULO 3º: Comuníquese por parte de los solicitantes al Departamento Ejecutivo Municipal a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes a la utilización de Espacio Públicos.

ARTICULO 4: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.

Expediente Administrativo D.E. Nº 4029-1376/20.

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTE.-

 

Expediente Nº 17.979/20.-