VISTO: El proyecto “Canto a Chacabuco” llevado a cabo por el área de Cultura Municipal en el marco del 155º Aniversario de nuestra ciudad, y;

CONSIDERANDO: Que “Canto a Chacabuco” se trata de un material audiovisual que trae a nosotros una nueva edición del Himno de Chacabuco y que tiene como objeto unir a los habitantes de Chacabuco mediante la música, fomentar el diálogo entre los músicos de la ciudad, ser un instrumento para que los músicos locales pongan en juego la creatividad y realicen nuevas versiones de esta composición, respetando sus características principales y manteniendo el texto propuesto por las autoras; y buscar la apropiación del patrimonio cultural de la ciudad, mediante la reelaboración musical y la visibilizarían de nuevas versiones que surjan de la marcha original.

Que contar con distintas expresiones musicales presentes en Chacabuco expresaría la diversidad de cada habitante con sus características propias.

Que el “Canto a Chacabuco” se creó entre los años 1965 y 1968 y es autoría de Elba Dionisia Porterie de Benac y María Teresa “Lily” Grossi de Fernández en letra y música respectivamente, y fue adoptado como “Marcha Oficial del Partido de Chacabuco”, a través del Decreto 283 fechado el día 3 de Diciembre de 1968.

Que este decreto, consideraba que esta canción “refleja la gesta silenciosa de los constructores de nuestro Partido, y que a su vez, es perspectiva augural de levantar nuevas y promisorias realidades”.

Que el proyecto “Canto a Chacabuco”, comenzó a gestarse en el año 2019 y se estrenó, el día 5 de agosto de 2020, fue llevada a cabo por Agustín Tocalini en dirección artística; Sara Menta en voz femenina; Oscar Ventre en voz masculina; Agustín Cieri en Piano; Adrián Burset en producción ejecutiva; Bruno Feroldi en grabación, edición, mezcla y mastering; Franco Martinetti en idea; Francisco Arrizabalaga en Edición de Video y con el apoyo del Dr. Gustavo Ventimiglia, Director de Cultura y la Sra. M. Celina Felice, Subsecretaria de Cultura, Educación, Deportes y Juventud del Partido de Chacabuco.

Esta versión consta de un estudio lírico-melódico, realizado por Agustín Tocalini, vecino nacido en Chacabuco y Licenciado en Artes Musicales, con orientación en Dirección Orquestal y JTP de las cátedras de armonía 1 y 2 de la Universidad Nacional de las Artes Musicales y Sonoras de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que si bien el proyecto “Canto a Chacabuco” comenzó a concretarse este año en versión piano y voz, aún restan desarrollarse las interpretaciones de orquesta y/o banda e instrumental, mencionados en el párrafo primero de los considerandos;

Por ello, el

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

O R D E N A N ZA  Nº  8.494/20

ARTÍCULO 1º: Declárese de Interés Legislativo y Cultural el proyecto “Canto a Chacabuco”, llevado a cabo por Agustín Tocalini en dirección artística; Sara Menta en voz femenina; Oscar Ventre en voz masculina; Agustín Cieri en Piano; Adrián Burset en producción ejecutiva; Bruno Feroldi en grabación, edición, mezcla y mastering; Franco Martinetti en idea; Francisco Arrizabalaga en Edición de Video y con el apoyo del Dr. Gustavo Ventimiglia, Director de Cultura y la Sra. M. Celina Felice, Subsecretaria de Cultura, Educación, Deportes y Juventud del Partido de Chacabuco.

ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, inscríbase y archívese.

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTE.

 

Expediente Nº 18.071/20.-