EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A Nº 8.518/20.
ARTICULO 1º: Convalidase el Contrato de Locación, celebrado entre la Municipalidad de Chacabuco (B) y el Sr. Leandro Traverso DNI: 26.796.457, de un inmueble ubicado en la calle Maipú Nº 879, de la ciudad de Chivilcoy (B), Partida Inmobiliaria Nº 028-038506, Nomenclatura Catastral: Circ. 18 – Sec. F – Qta: 123 – Mza: 123 D – 1 C., por un período de 24 meses.
ARTICULO 2º: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal, a ceder el inmueble alquilado, en comodato al Centro de Estudiantes, para que sea utilizado como vivienda de los jóvenes que cursan sus estudios, en la ciudad de Chivilcoy.
ARTICULO 3º: Autorizase la afectación de fondos en futuros ejercicios.
ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, inscríbase y archívese.-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTITRÉS DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE. –
Expediente Nº 18.043/20