EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N Z A  Nº  8.601/20

ARTÍCULO 1º: Autorizase a ANSES CHACABUCO, y en representación de la misma, al Sr. Santiago Carnaghi, DNI: 27.386.390, el Uso del Espacio Público, en plaza San Martín de la localidad de Rawson, Partido de Chacabuco, en el horario de 09:00 hs. a 12:00 hs, el día 18 de noviembre de 2.020. Motivo: Estacionamiento de camionetas (Oficinas Móviles), para atención Organismos Nacionales y Provinciales. (Se adjunta croquis).

ARTÍCULO 2º: Los solicitantes serán responsables por accidentes u otros inconvenientes que pudieran surgir durante el desarrollo de la actividad.

ARTICULO 3º: Las erogaciones resultantes para la organización de la actividad serán afrontadas, única y exclusivamente por los solicitantes.

ARTICULO 4º: En caso de que los peticionantes utilicen equipos reproductores de música y/o video, o cualquier otro medio de reproducción audiovisual, deberá adjuntar, en tiempo y forma, el comprobante de pago correspondientes a los Derechos de Autor, exigidos por SADAIC, de acuerdo a lo requerido por el ARTICULO 4º  bis, de la ordenanza  Nº  6.541/15.

ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.

ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE –SESIÓN NÚMERO NOVECIENTOS DIECIOCHO.-

Expediente Nº 18.269/20