EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

ORDENANZA N° 8.682/21

ARTICULO 1º: Autorícese al C. A. I. Claro de Luna, y en representación del mismo, a su Coordinadora, Sra. María Isabel Martínez, el Uso del Espacio Público, sobre el cantero ubicado en avenida Saavedra y calle Juan José Paso de la ciudad de Chacabuco, para la colocación de un cartel, de 0, 70 m. x 0,70 m., el cual indica que a 500 metros se encuentra dicho Centro, sito en calle Padre Doglia N° 643.

ARTICULO 2º: Los solicitantes serán responsables por accidentes u otros inconvenientes que pudieran surgir durante desarrollo de la obra mencionada en el artículo primero.

ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.

ARTÍCULO 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN EL MARCO DE LA SESION N° 923, A LOS TREINTA Y UN DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.-

 

Expediente Nº 18.423/21