EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N ZA Nº 8723/21
ARTÍCULO 1º: Autorizase a la firma Providers S.A., y en representación de la misma al Sr. Gustavo Anibal Gabriel Olarte, DNI 14.733.450, a la utilización del espacio aéreo en la ciudad de Chacabuco, para tendido de cable en columnas de alumbrado público, e instalación de Servicio de Telecomunicaciones por fibra óptica.
ARTÍCULO 2º: El uso de espacio público quedará supeditado al permiso de la utilización de las columnas de luminaria que deberá otorgar la Cooperativa Eléctrica de Chacabuco.
ARTÍCULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.