EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N ZA Nº 8.782/21
ARTICULO 1º: Condónese la deuda por tasas municipales, en concepto de Servicios Generales Urbanos, que mantiene el inmueble ubicado en calle Espora Nº48, de la ciudad de Chacabuco, perteneciente a Di Ninni, Armando Atilio, D.N.I. Nº:7.683.582, por un monto de $ 54.592,05 (pesos cincuenta y cuatro mil quinientos noventa y dos con cinco centavos), correspondiente a los períodos comprendidos entre el 1/2014 y 4/2021, inclusive. Partida Municipal Nº I- 2628400.-
Expte. Administrativo Nº4029-0991/21
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO, EN EL MARCO DE LA SESION ORDINARIA Nº 929.-
Expediente Nº 18.521/21.-