EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N ZA Nº 8.810/21
ARTICULO 1º: Autorizase la utilización de uso de espacio público a la firma TELECOM S.A para instalación de columnas metálicas para tendido de fibra óptica, en calle San Martín entre San Juan y Alvear, y parcialmente calle Santa Fe y San Juan, detallados en el expediente 4029-2215-2020 del Poder Ejecutivo Municipal.
ARTÍCULO 2º: Los solicitantes serán responsables por accidentes u otros inconvenientes que puedan surgir durante el desarrollo de la obra solicitada.
ARTÍCULO 3º: Las erogaciones resultantes para la organización de la actividad, serán afrontadas única y exclusivamente por los solicitantes.
ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS CUATRO DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO, EN EL MARCO DE LA SESIÓN ORDINARIA Nº 930.
Expediente Nº 18.506/21.-