EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
ORDENANZA N° 8.817/21
ARTICULO 1º: Reconózcase la deuda que la Municipalidad de Chacabuco, mantiene con Secretaría Legal y Técnica de la Provincia de Buenos Aires, por la suma de $ 45.393,02 (pesos cuarenta y cinco mil trescientos noventa y tres con dos sobre cien centavos, correspondiente a Capital, Intereses y Tasas Retributivas de Servicios Administrativos, por publicaciones encargadas por la Asesoría Letrada Municipal, al Boletín Oficial.
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, inscríbase y archívese.
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN EL MARCO DE LA SESION N° 931, A LOS VEINTICINCO DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.-
Expediente H.C.D. Nº 18.691/21
Expediente Administrativo N° 4029-2817/21