EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A Nº 8.825/21
ARTICULO 1º: Convalídese el convenio celebrado entre la Municipalidad de Chacabuco y el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires, para bacheo en las localidades de Rawson y Castilla, correspondiente al PREIMBA, por un monto de $3.358.746,44 (Pesos tres millones trescientos cincuenta y ocho mil setecientos cuarenta y seis con cuarenta y cuatro centavos). –
ARTICULO 2º: Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a afectar fondos en futuros ejercicios. –
ARTÍCULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, inscríbase y archívese.-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN EL MARCO DE LA SESION Nº 931, A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO. –
Expediente Nº 18.662/21