EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A Nº 8.835/21
ARTICULO 1º: Condonase la deuda que surge del contrato de concesión para la prestación de servicios de cantina del Parque Recreativo Municipal, que se adjudico a la firma Distribuidora Mitre S.A.S, de la ciudad de Chacabuco, por un monto de $20.000 (pesos veinte mil) correspondiente al período comprendido entre los meses de enero y febrero del 2020.
Expediente Administrativo: 4029-6069/19 y 4.531/20.
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, inscríbase y archívese.-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN EL MARCO DE LA SESION Nº 931, A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO. –
Expediente Nº 18.708/21