EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A Nº 8.925/21
ARTICULO 1º: Convalídese el Decreto Municipal Nº 1.090/21, mediante el cual se exime del pago de la tasa por venta ambulante estipulada en el Capítulo VI de la Ordenanza Nº 7.809/18, a los feriantes locales que participen de la Feria Itinerante “Sabores del Mundo”, a desarrollarse los días 29, 30 y 31 de octubre, en Plaza San Martín de la ciudad de Chacabuco.
ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTISIETA DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO, EN EL MARCO DE LA SESION ORDINARIA Y PÚBLICA Nº 934. –
Expediente Nº 18.876/21.-