EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
ORDENANZA N° 8.947/21
ARTÍCULO 1º: Créase como Delegación Administrativa Municipal de Partido de Chacabuco a la unidad territorial de Cucha Cucha. –
ARTÍCULO 2º: El ejido de la unidad territorial de Cucha Cucha será el espacio comprendido por los siguientes límites:
- Limite Nor-Oeste: Ruta Nacional N.º 7.
- Límite Sur-Oeste: Ruta Provincial N.º 30.
- Límite Sur-Este: Calle N.º 862.
- Límite Nor-Este: Calle Elisa Vanucci de Querejeta.
ARTÍCULO 3º: La Secretaría de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Chacabuco dispondrá la confección de los planos, demarcando los límites de la unidad territorial conforme a lo establecido por la presente y el plano de zonificación marcado, ANEXO I. –
ARTÍCULO 4º: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a confeccionar las partidas y modificaciones presupuestarias necesarias a efecto de dotar a la nueva delegación de la infraestructura y los recursos que requiera. –
ARTÍCULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase.-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN EL MARCO DE LA SESION N° 934, A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.-
Expediente Nº 17.807/20 – Expediente Nº 18.586/21