EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
ORDENANZA N° 9.011/21
ARTICULO 1º: Autorizase al Sr. Marcos López y a las Sras. Mercedes Recchia y María Luciana Forte, el Uso del Espacio Público en Plaza San Martín, el día 15 de diciembre del corriente año, en el horario de 21:45 hs a 10:45 hs.
Motivo: Acto protocolar, Egresados Jardín Parroquial.
ARTÍCULO 2º: Los solicitantes serán responsables por accidentes u otros inconvenientes que pudieran surgir durante el desarrollo de la actividad.
ARTICULO 3º: En caso de que los peticionantes utilicen equipos reproductores de música y/o video, o cualquier otro medio de reproducción audiovisual, deberá adjuntar, en tiempo y forma, el comprobante de pago correspondientes a los Derechos de Autor, exigidos por SADAIC, de acuerdo a lo requerido por el ARTICULO 4º bis, de la ordenanza Nº 6.541/15.
Artículo 4º: Las erogaciones resultantes para la organización de la actividad serán afrontadas, única y exclusivamente por los solicitantes.
ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal a fin de dar cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.
ARTÍCULO 6°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN EL MARCO DE LA SESION N° 939, A LOS VEINTE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.-
Expediente Nº 18.966/21