EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

ORDENANZA N° 9.278/22

ARTÍCULO 1º: Autorizase el uso de espacio público al Departamento Ejecutivo Municipal para la construcción de dos (2) reductores de velocidad y su correspondiente señalización, el primero sobre calle 9 de Julio, metros previos a su intersección con calle Ullúa; y el segundo sobre calle Ullúa, metros previos a su intersección con calle 9 de Julio.

ARTÍCULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO (B), EN EL MARCO DE LA SESIÓN Nº 952, A LOS TRECE DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.

Expediente Nº 19.196/22