EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

ORDENANZA N° 9.350/22

ARTICULO 1º: Otórguese el permiso de uso precario por el plazo de 2 (dos) año al Club Atlético River Plate de Chacabuco, CUIT 30-70884300-4, del inmueble ubicado en calle Mendoza entre calles Paso y Bordenave de Cacho: Circ. I, Sección J, Manzana 647 D, Parcela 4, Partida 30.776.

ARTÍCULO 2º: Vencido el plazo establecido en el artículo precedente, se entenderá que el comodato se renueva automáticamente por idéntico plazo, salvo que alguna de las partes notifique fehacientemente su voluntad en contrario, con el solo requisito de preavisar con una antelación mínima de 60 días.

ARTÍCULO 3º: Prohíbase al Club River Plate realizar cualquier tipo de edificaciones en el espacio cedido.

ARTÍCULO  4º: El peticionante podrá delimitar el predio con un cerco de postes y alambre y en el frente deberá colocar un portón para permitir la utilización conjunta del espacio verde entre la Institución y los vecinos de la comunidad durante el horario diurno.

ARTÍCULO 5º: El Departamento Ejecutivo Municipal establecerá las pautas de funcionamiento entre la Institución y los vecinos.

ARTÍCULO 6º: El permisionario deberá contribuir a la preservación del inmueble.

ARTICULO 7º: El Municipio no deberá restituir, ni indemnizar monto por aquellas erogaciones resultantes de las mejoras realizadas.

ARTICULO 8º: A partir de la efectivización del comodato los solicitantes serán responsables por accidentes u otros inconvenientes que pudieran surgir en el predio.

ARTICULO 9º: En caso de que el peticionante no cumplimentare lo dispuesto por la presente Ordenanza y demás normativas vigentes en la materia, se procederá a la revocación en forma automática del permiso precario otorgado para la utilización del espacio público.

ARTÍCULO 10°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.

 

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO (B), EN EL MARCO DE LA SESIÓN Nº 954, A LOS VEINTICUATRO DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.

Expediente Nº 19.392/22