EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
ORDENANZA N° 9.446/22
ARTICULO 1º: Autorizase el uso de espacio público a Telefónica de Argentina S. A. para la ampliación del ramal aéreo existente en nuestra ciudad, según croquis adjunto en el expediente administrativo Nº 4029-3593/22.
ARTÍCULO 2: La Secretaría de Obras Públicas de la Municipalidad de Chacabuco, deberá verificar nuevamente las posibles interferencias en la modificación del proyecto, para cumplir con lo requerido por la empresa solicitante.
ARTÍCULO 3: Los solicitantes serán responsables por accidentes u otros inconvenientes que pudieran surgir durante el desarrollo de la obra.
ARTICULO 4º: Las erogaciones resultantes para la realización de la obra serán afrontadas, única y exclusivamente por los solicitantes.
ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.
ARTÍCULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO (B), EN EL MARCO DE LA SESIÓN Nº 958, A LOS DIECINUEVE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.
Expediente Nº 19.457/22