EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

ORDENANZA N° 9.448/22

ARTICULO 1º: Autorizase a la Sra. Nivia Noemí Stéfano de Nanni, DNI 1.722.454, el uso del espacio exclusivo para estacionamiento vehicular y pintado de cordón amarillo, en calle La Rioja Nº 123 de la ciudad de Chacabuco. La presente autorización se funda en la discapacidad motriz que padece la peticionante.

ARTÍCULO 2º: El espacio demarcado, deberá tener seis (6) metros de largo frente a su domicilio, contando a partir del eje medianero, e incluyendo el espacio de garaje existente. La restricción se efectiviza con el pintado de cordón amarillo y/o la instalación de discos u otra señalética necesaria.

ARTÍCULO 3º: El uso del espacio exclusivo para estacionamiento vehicular, tendrá una validez de dos (2) años a partir de la promulgación de la presente, con opción a renovación y/o caducidad si cesare el causal de la presente solicitud.

ARTICULO  4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO (B), EN EL MARCO DE LA SESIÓN Nº 958, A LOS DIECINUEVE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.

Expediente Nº 19.621/22