EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A Nº 9.465/22
ARTICULO 1º: Otórguese el Uso de Espacio Público al Centro Tradicionalista “El Orejano” y en su representación al Sr. Daniel Omar Risueño, DNI 13.898.105, para la realización del “Festival Nuestras Raíces, Homenaje a la Tradición”, conforme la planificación que a continuación se detalla:
- Día viernes 11 de noviembre de 2022, a partir de las 12:00, corte de Avenida Urquiza, solo mano ascendente, entre calle Catamarca y Av. Lamadrid, para armado de fogón y cantina.
- Día viernes 11 de noviembre de 2022, a partir de las 12:00 hs., corte de calle Córdoba, entre Avenida Urquiza y calle Deán Funes, para armado de escenario.
- Día sábado 12 de noviembre de 2022, a partir de las 8:00 hs. hasta las 00:00 hs. del día lunes 14 de noviembre de 2022, corte de Avenida Urquiza, entre Catamarca y Avenida Lamadrid; y corte en calle Córdoba entre Avenida Urquiza y calle Deán Funes.
- Día domingo 13 de noviembre de 2022, a partir de las 15:00 hs. hasta las 20:00 hs. del mismo día, corte en Avenida Urquiza desde su intersección con Avenida Saavedra hasta su intersección con calle Catamarca, para realización de Desfile Criollo.
Artículo 2º: Los solicitantes serán responsables por accidentes u otros inconvenientes que pudieran surgir durante el desarrollo de la actividad.
ARTICULO 3º: Las erogaciones resultantes para la organización del evento serán afrontadas, única y exclusivamente por los solicitantes.
ARTÍCULO 4º: En caso de que los peticionantes utilicen equipos reproductores de música y/o video, o cualquier otro medio de reproducción audiovisual, deberá adjuntar, en tiempo y forma, el comprobante de pago correspondientes a los Derechos de Autor, exigidos por SADAIC, de acuerdo a lo requerido por el ARTICULO 4º bis, de la ordenanza Nº 6.541/15.
ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.
ARTÍCULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, inscríbase y archívese.
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO (B), EN EL MARCO DE LA SESIÓN Nº 959, A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.
Expediente Nº 19.602/22