EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
ORDENANZA N° 9.607/23
ARTICULO 1º: Autorícese a la Dirección de Cultura, y en representación de la misma a la Sra. Mariela Simone, DNI: 28.142.911, en carácter de Directora, el Uso del Espacio Público en Plaza San Martín y Avenida Alsina y corte de tránsito vehicular de las siguientes intersecciones; Reconquista y San Martín; Padre Doglia y Belgrano; Avenida Alsina entre Mitre y Alberdi; Sarmiento y Cervantes; Moreno y Primera Junta, de la ciudad de Chacabuco, desde las 08:00 hs del día 19 de febrero, hasta las 02:00 hs del día 21 de febrero de 2023. En caso de inclemencias climáticas, se extiende hasta las 02:00hs del día 22/02. Motivo: Carnavales 2023.
ARTÍCULO 2º: Autorícese la colocación de equipos de sonido, iluminación, escenario, espectáculos artísticos, gazebos, foodtrucks, juegos, y puestos de artesanos y microemprendedores.
ARTÍCULO 3º: Los solicitantes serán responsables por accidentes u otros inconvenientes que pudieran surgir durante desarrollo de la actividad mencionada en el artículo primero.
ARTICULO 4º: En caso de que los peticionantes utilicen equipos reproductores de música y/o video, o cualquier otro medio de reproducción audiovisual, deberá adjuntar, en tiempo y forma, el comprobante de pago correspondientes a los Derechos de Autor, exigidos por SADAIC, de acuerdo a lo requerido por el ARTICULO 4º bis, de la ordenanza Nº 6.541/15.
ARTICULO 5º: Las erogaciones resultantes para la organización de la actividad, serán afrontadas única y exclusivamente por los solicitantes.
ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.
ARTICULO 7º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.