EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
ORDENANZA N° 9.639/23
ARTÍCULO 1º: Autorizase a Telefónica Argentina S.A. la utilización de espacio público para la realización de trabajos de ampliación de infraestructura subterránea existente, en las calles cuyo detalle se expresa en Plano 20, hoja 1 (Proyecto 682458821), obrante en el Folio 3 del Expediente Administrativo Nº 4029-0385/2023.
Dispóngase que los trabajos a realizarse en la intersección de calles Entre Ríos y Zapiola de la ciudad de Chacabuco, deberán llevarse a cabo en días inhábiles, autorizándose a la reducción parcial de la calzada, dejándose paso para un vehículo.
ARTÍCULO 2º: Los solicitantes serán responsables por accidentes u otros inconvenientes que pudieran surgir durante el desarrollo de la obra.
ARTICULO 3º: Las erogaciones resultantes para la organización de la obra serán afrontadas, única y exclusivamente por los solicitantes.
ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de dar cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.
ARTÍCULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.
Expediente Administrativo D.E. Nº 4029-0385/23.