EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

ORDENANZA N° 9.780/23

ARTÍCULO 1º: Autorizase a la Sra. Karina Esporas, DNI 17.686.739, el uso exclusivo de espacio público para estacionamiento vehicular y pintado de cordón amarillo frente a su domicilio en calle Avellaneda Nº 275, de la ciudad de Chacabuco. El mismo deberá tener seis (6) metros de largo frente a su domicilio, a contar a partir del eje medianero, incluyendo el espacio de garaje. La presente autorización se funda en la discapacidad que padece el hijo de la peticionante.

ARTÍCULO 2º: El uso del espacio exclusivo para estacionamiento vehicular, tendrá una validez de dos (2) años, a partir de la promulgación de la presente, con opción a renovación y/o caducidad si cesare el causal de la presente solicitud.

ARTÍCULO 3º: El pintado de cordón amarillo y/o la instalación de discos u otra señalética será por cuenta y cargo del peticionante.

ARTÍCULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN EL MARCO DE LA SESIÓN ORDINARIA Y PÚBLICA Nº 972, A LOS TRECE DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES.-

Expediente Nº 20.117/23