EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
ORDENANZA N° 9.783/23
ARTICULO 1º: Autorícese a la firma Don Yeyo S. A., el Uso del Espacio Público y corte total de tránsito vehicular, de calles Carlos Pellegrini entre las calles Coronel Melián y Mateo Barón de la ciudad de Chacabuco, según plano adjunto en Fs. 3. Motivo: Ejecución de obra de Desagües Pluviales y Cloacas en la planta de la empresa Don Yeyo S. A.
Artículo 2º: Autorizase el corte mencionado en el artículo 1°, por 24 hs., debiéndose coordinar el mismo en forma previa con la Secretaría de Tránsito y Seguridad Vial, bajo apercibimiento de quedar sin efecto la presente autorización.
ARTÍCULO 3º: Los solicitantes serán responsables por accidentes u otros inconvenientes que pudieran surgir durante desarrollo de la obra mencionada en el artículo 1º de la presente ordenanza.
ARTICULO 4º: Las erogaciones resultantes para la organización de la obra, serán afrontadas única y exclusivamente por los solicitantes
ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.
ARTÍCULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN EL MARCO DE LA SESIÓN ORDINARIA Y PÚBLICA Nº 972, A LOS TRECE DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES.-
Expediente Nº 20.184/23