EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
ORDENANZA N° 9.816/23
ARTICULO 1º: Autorizase a la Secretaria de Cultura, Educación, Deporte y Juventud de la Municipalidad de Chacabuco, y en representación de la misma a su Secretaria Sra. María Celina Felice, DNI 20.030.826, el Uso de Espacio Público, y corte de tránsito vehicular en las calles que seguidamente se detallan, el día 5 de agosto del año 2023, desde las 12:00 hs. hasta las 19:00 hs.
Avenida Alsina, entre calles San Martin/Belgrano y calles Villegas/Liniers;
Calle Primera Junta entre avenida Vieytes y calle San Martin
Calle Belgrano entre calle Sarmiento y avenida Alsina;
Calle Moreno, entre calle Buenos Aires y avenida Alsina;
Calle Cervantes entre calle Italia y avenida Alsina;
Calle Alberdi entre calles Buenos Aires y avenida Alsina;
Calle Pringles entre calle Sarmiento y avenida Alsina;
Calle Laprida entre avenida Alsina y calle Sarmiento;
Calle Villegas entre calle Primera Junta y avenida Alsina;
Intersección de calles Rivadavia y Sarmiento.
Motivo: Desfile Cívico y Criollo en el marco del Aniversario de la Fundación de Chacabuco.
Artículo 2º: Autorizase a los solicitantes a instalar en el lugar escenario/palco, equipos de sonido e iluminación, gazebos baños químicos y vallas.
ARTICULO 3º: La erogación resultante para la organización del evento (Sadaic, Seguros, etc.), será afrontada por el solicitante.
ARTICULO 4º: Los solicitantes serán responsables por los accidentes u otros inconvenientes que puedan surgir durante el desarrollo del evento.
ARTICULO 5º: En caso de que los peticionantes utilicen equipos reproductores de música y/o video, o cualquier otro medio de reproducción audiovisual, deberá adjuntar, en tiempo y forma, el comprobante de pago correspondientes a los Derechos de Autor, exigidos por SADAIC, de acuerdo a lo requerido por el ARTICULO 4º bis, de la ordenanza Nº 6.541/15.
ARTICULO 6º: Comuníquese, por parte de los solicitantes al Departamento Ejecutivo Municipal a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.
ARTICULO 7º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN EL MARCO DE LA SESIÓN ORDINARIA Y PÚBLICA Nº 973, A LOS VEINTITRES DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES.-
Expediente Nº 20.214/23