EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

ORDENANZA N° 9.829/23

ARTÍCULO 1º: Prorróguese todas las habilitaciones provisorias vencidas y vigentes al día de la promulgación de la presente, otorgadas por el Departamento Ejecutivo Municipal, en el marco de la Ordenanza Nº 7.747/2018 hasta el 31 de julio de 2024 inclusive.

ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN EL MARCO DE LA SESIÓN ORDINARIA Y PÚBLICA Nº 973, A LOS VEINTITRES DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES.-

Expediente Nº 20.157/23