EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

ORDENANZA N° 9.851/23

ARTICULO 1º: Condónese la deuda existente, en concepto de tasas municipales, afectada al inmueble ubicado en calle Rivadavia S/N, de la ciudad de Chacabuco, Partida Municipal Nº 114525-0, por un monto total de $ 87.823,88 (pesos ochenta y siete mil ochocientos veintitrés con ochenta y ocho centavos), en concepto de capital e intereses más IVA, en respuesta a la petición formulada por la Sra. María Rosa Canziani.

ARTÍCULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN EL MARCO DE LA SESIÓN ORDINARIA Y PÚBLICA Nº 974, A LOS CATORCE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES.-

Expediente Nº 20.257/23