EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
ORDENANZA N° 9.938/23
ARTÍCULO 1º: Autorizase al Sr. Darío Alberto Rubino, DNI 23.717.044, el Uso de Espacio Público para colocación de un toldo sobre la vereda de calle Espora Nº 195, de la ciudad de Chacabuco, en local comercial de los rubros “carnicería y despensa”, cuyas dimensiones se detallan en el croquis que se adjunta a la presente, debiendo respetarse la condición de columnas emplazadas a 0,8 metros de distancia al lado interno del cordón, sin obstruir el desplazamiento de las personas.
ARTÍCULO 2º: Este uso de espacio público, tendrá validez a partir de la promulgación de la presente ordenanza, con opción de caducidad si cesare la actividad comercial.
ARTÍCULO 3º: El Departamento Ejecutivo Municipal, controlará el cumplimiento de los requisitos establecidos en la legislación vigente, debiendo el peticionante realizar los trámites pertinentes ante la oficina municipal que corresponda.
ARTÍCULO 4º: Los solicitantes serán responsables por accidentes u otros inconvenientes que pudieran surgir durante desarrollo de la obra mencionada en el artículo primero.
ARTÍCULO 5º: Las erogaciones resultantes para la realización de la obra, serán afrontadas única y exclusivamente por los solicitantes.
ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de dar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.
ARTÍCULO 7º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO (B), EN EL MARCO DE LA SESIÓN Nº 977, A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES.
Expte. Nº 20.350/23