EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N ZA Nº 9.990/24
ARTICULO 1º: Autorizase a la Parroquia Santos Arcángeles, Párroco Nowak, Juergen (DNI 18.145.765), el Uso del Espacio Público, y Corte de calle La Plata, entre las calles Buenos Aires y Entre Ríos, y calle Santa Fe, entre las calles Junín y Villegas de la ciudad de Chacabuco, el día domingo 07 de diciembre de 2.024, en el horario de 19:00 a 00:00 hs. Si eventualmente hubiere pronóstico de lluvia para el día mencionado, se realizará el día anterior, es decir, el día 6 de enero de 2024. Motivo: Realización del pesebre viviente.
ARTICULO 2º: La erogación resultante para la organización del evento (Sadaic, Seguros, etc.) será afrontada por el solicitante.
ARTICULO 3º: Los solicitantes serán responsables por Accidentes u otros inconvenientes que puedan surgir durante el desarrollo del evento.
ARTICULO 4º: En caso de que los peticionantes utilicen equipos reproductores de música y/o video, o cualquier otro medio de reproducción audiovisual, deberá adjuntar, en tiempo y forma, el comprobante de pago correspondientes a los Derechos de Autor, exigidos por SADAIC, de acuerdo a lo requerido por el ARTICULO 4º bis, de la ordenanza Nº 6.541/15.
ARTICULO 5º: Comuníquese, por parte de los solicitantes al Departamento Ejecutivo Municipal a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Público.
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS TRES DIAS DEL MES DE ENERO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO, EN EL MARCO DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA Y PUBLICA NUMERO NOVECIENTOS OCHENTA Y DOS.-
Expediente Nº 20.494/23.-