EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

ORDENANZA N° 10.042/24

 

ARTICULO 1º: Autorícese a la Comisión de Memoria Verdad y Justicia Chacabuco, el Uso del Espacio Público, en el punto de la Memoria de la Plaza Gral. San Martín, de la ciudad de Chacabuco, el día 24 de marzo de 2024, en el horario de 09:30 hs. a 12:00 hs.

Motivo: Acto a 48 años del Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia.

 

Artículo: Autorizase a los solicitantes la colocación de equipo de sonido.

 

ARTÍCULO 3º: Los solicitantes serán responsables por accidentes u otros inconvenientes que pudieran surgir durante desarrollo de la actividad mencionada en el artículo primero.

ARTICULO 4º: En caso de que los peticionantes utilicen equipos reproductores de música y/o video, o cualquier otro medio de reproducción audiovisual, deberá adjuntar, en tiempo y forma, el comprobante de pago correspondientes a los Derechos de Autor, exigidos por SADAIC, de acuerdo a lo requerido por el ARTICULO 4º  bis, de la ordenanza  Nº  6.541/15.

 

ARTICULO 5º: Las erogaciones resultantes para la organización de la actividad, serán afrontadas única y exclusivamente por los solicitantes.

ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.

 

ARTICULO 7º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo y Inscríbase.

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO (B), EN EL MARCO DE LA SESIÓN NUMERO NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS, A LOS TRECE DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.

 

EXPTE. Nº 20.588/24.