EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
ORDENANZA N° 10.061/24
ARTICULO 1º: Autorícese a la Subsecretaría de Cultura y DDHH, en su representación Prof. Julieta Pederzoli, DNI: 25.817.778 el Uso del Espacio Público en calle Reconquista Nº 0 al Nº 50 frente Plaza General San Martín.
Corte de calle Reconquista Intersección San Martín, de la ciudad de Chacabuco, los días 06 y 07 de abril, en el horario de 08:00 hs. del día 06/04 a las 03:00 hs. del día 08/04.
Motivo: “La Feria de Sabores Locales”.
Artículo 2º: Los solicitantes serán responsables por accidentes u otros inconvenientes que pudieran surgir durante desarrollo del evento mencionado en el artículo anterior.
ARTÍCULO 3º: Las erogaciones resultantes para la organización del evento, serán afrontadas única y exclusivamente por los solicitantes.
ARTICULO 4º: En caso de que los peticionantes utilicen equipos reproductores de música y/o video, o cualquier otro medio de reproducción audiovisual, deberá adjuntar, en tiempo y forma, el comprobante de pago correspondientes a los Derechos de Autor, exigidos por SADAIC, de acuerdo a lo requerido por el ARTICULO 4º bis, de la ordenanza Nº 6.541/15.
ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.
ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN EL MARCO DE LA SESION ORDINARIA Y PUBLICA NOVECIENTOS OCHENTA Y SEITE, A LOS TRES DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.
Expediente Nº 20.609/24.