EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
ORDENANZA N° 10.076/24
(Modificatoria de la Ordenanza 9.945/23)
ARTÍCULO 1º: Modifíquese la Ordenanza Nº 9.945/23, articulo 4º, inc. 7 quedando redactado de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 4º: Establézcase el estacionamiento transitorio y. gratuito de motos, ciclomotores y similares a 45º en relación con la acera en las instituciones que a continuación se detallan:
- Jardines, escuelas primarias y secundarias del sistema de educación pública.
- Maternales, jardines, escuelas primarias y secundarias del sistema de educación privada.
- Edificios donde funcionen escuelas e institutos de nivel terciario y/o representaciones de universidades provinciales y/o nacionales, siempre que estas sedes sean presenciales.
- Edificios donde funcionen áreas del poder estatal municipal, provincial y/o nacional.
- Servicio Médico Privado, calle San Martín entre Santa Fe y Entre Ríos, sobre mano derecha en sentido de circulación.
- Terminal de Ómnibus, calle Olavarría entre avenida Solís y calle Falucho, sobre mano derecha en sentido de circulación.
- Avenida Alsina, ambas manos desde la numeración cero (0) al ciento cincuenta (150), con excepción frente al Teatro Italiano, para carga y descarga de escenografía, estacionamiento temporal de autos comprometidos con el funcionamiento de la sala, ambulancias, remises que trasladan a personas mayores, movilidad reducida, etc.
- Banco de la Nación Argentina, calle Sarmiento ente Belgrano y Rivadavia, sobre mano izquierda en sentido de circulación.
- Hogar Miguel Máximo Gil, calle Santa Fe Nº 130.
ARTÍCULO 2º: Autorícese el uso de espacio publico para la construcción de una rampa (entre el asfalto y el cordón) debiendo colocarse la señalización correspondiente, con las medidas necesarias para el acceso de una silla de ruedas, andador, etc.
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN EL MARCO DE LA SESIÓN ORDINARIA Y PÚBLICA NUMERO NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE, A LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.-
Expte. Nº 20.611/24.