EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
ORDENANZA N° 10.080/24
ARTICULO 1º: Resérvese y delimítese un espacio para demarcación y reserva de Estacionamiento exclusivo de Motos y Motocicletas frente al Edificio de la Escuela Nº 1 “Juan Estrugamou”, donde funciona el Centro Educativo de Nivel Secundario (CENS) Nº 451 Modalidad Adulto, entre el riñón de Plaza General San Martín de calle San Martín intersección Reconquista de la ciudad de Chacabuco. El Departamento Ejecutivo deberá proceder a la señalización de dicho espacio, designándose “Estacionamiento exclusivo para Motos y Motocicletas”.
ARTÍCULO 2º: Remítase copia de la presente Ordenanza a la Secretaría de Seguridad.
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.
ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN EL MARCO DE LA SESION ORDINARIA Y PUBLICA NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE, A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.
Expte. Nº 20.651/24