EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

ORDENANZA N° 10.081/24

 

ARTICULO 1º: Otórguese la Excepción la Ordenanza de Zonificación según Usos Nº               ———————- 7497/18 Decreto Prov. Nº 61/19, de uso conforme al Sr. Nanni Fabricio Lisandro Ariel D.N.I. 45.983.904 en el Rubro Taller Mecánico “Los Nanni”, sito en Avenida Perón Nº 1200, por el término de 5 (cinco) años, a partir de promulgada la presente,  permitiéndosele el funcionamiento; Previa habilitación Municipal, en el Inmueble Identificado Catastralmente: Circunscripción; I, Sección: C, Quinta: 164, Partida Inmobiliaria Nº 9336. Referente a Expte. Administrativo Municipal Nº 4029-0298/24 de nuestra Ciudad.

 

ARTICULO 2º: Dicha habilitación es específica y cesará ante las siguientes condiciones: plazo cumplido, cambio de titularidad, cambio de rubro, y/o ante el expreso pedido de los vecinos fehacientemente justificado.

 

ARTICULO  3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN EL MARCO DE LA SESION ORDINARIA Y PUBLICA NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE, A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.

 

Expte. Nº 20.535/24