EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
ORDENANZA N° 10.171/24
ARTICULO 1º: Autorizase a la Cámara Comercio e Industria de Chacabuco, y en su representación a su Presidente Oscar Álvarez, desestimar el uso de Ciclovías y permitir el estacionamiento de automóviles en un radio de 300 mts. de Avenida Alsina de la Ciudad de Chacabuco (B), como así también no se cobre estacionamiento medido, los días 13 y 14 de Junio de 2024. Motivo Facilitar compras “Día del Padre”.
ARTÍCULO 2º: Los solicitantes serán responsables por accidentes u otros inconvenientes que pudieran surgir durante el desarrollo de la obra.
ARTICULO 3º: Las erogaciones resultantes para la organización de la actividad serán afrontadas, única y exclusivamente por los solicitantes.
ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.
ARTICULO 5°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN EL MARCO DE LA SESIÓN ORDINARIA Y PÚBLICA NUMERO NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES (N° 993), LLEVADA A CABO EN EL PATIO DE INTENDENTES, A LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.-
Expediente Nº 20.816/24.