EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

ORDENANZA N° 10.212/24

ARTICULO 1º: Autorícese a la firma Hipólito Yrigoyen SRL, y en su representación al Socio Gerente Julio E. Gil, el Uso del Espacio Público y corte total de tránsito vehicular, de calles Conte Varonelli y calle Nº 630, entre Coronel Suarez y Viamonte de la ciudad de Chacabuco. Motiva dicho requerimiento realizar tareas de saneamiento en la Quinta Nº 756 (lugar donde se depositan residuos de todo tipo), por un período de hasta 300 días, a partir del  1º de agosto de 2024, con la posibilidad de liberar parte de la calzada a la mitad de este plazo.

Artículo: Autorizase el corte mencionado en el artículo 1°, debiéndose coordinar el mismo en forma previa con la Secretaría de Tránsito y Seguridad Vial, bajo apercibimiento de quedar sin efecto la presente autorización.

Artículo: Los solicitantes serán responsables por accidentes u otros inconvenientes que pudieran surgir durante desarrollo de la obra mencionada en el artículo anterior.

Artículo: Las erogaciones resultantes para la realización de la obra, serán afrontadas única y exclusivamente por los solicitantes.

ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de acatar                                 el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN EL MARCO DE LA SESIÓN ORDINARIA Y PÚBLICA NUMERO NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO (N° 995), LLEVADA A CABO EN EL PARQUE TEMÁTICO MUNICIPAL, A LOS CATORCE DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.-

Expediente Nº 20.877/24.