EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, ACUERDE Y SANCIONA: la siguiente
ORDENANZA Nº 45/84
ARTICULO Nº 1: Aceptase la Donación a esta Municipalidad de PESOS ARGENTINOS SEIS MIL ($a 6.000), efectuada por la entidad financiera “Carles Sociedad Anomina”.-
ARTICULO Nº 2: La donación recibida conforme a lo dispuesto por el artículo anterior, será destinada para cubrir gastos de funcionamiento del Hogar del Niño Municipal “Paula Albarracín de Sarmiento”.-
ARTICULO Nº 3: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase.
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE ABRIL DEL 1984.-
Leg. 125.-