EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, ACUERDE Y SANCIONA: la siguiente
ORDENANZA Nº 221/85
ARTICULO Nº 1: Declárese de utilidad pública y pago obligatorio para los propietarios o poseedores a título de dueño de las parcelas con frente a la obra, la ejecución de las obras de iluminación decorativa, en las siguientes calles:
-Avda. Garay e/ Avda. Colón (Expte. Nº 4029-1072/85).-
-Avda. Garay e/ Brandsen y Cnel. Suárez (Expte. Nº 4029-1181/85).-
-Avda. Garay e/ Azcuénaga y Viamonte (Expte. Nº 4029-1183/85).-
-Avda. Garay e/ Viamonte y Duberty (Expte. Nº 4029-1184/85).-
-Avda. Garay e/ Duberty y Rocha (Expte. Nº 4029-1186/85).-
-Avda. Garay e/ Rocha y J.M. Rosas (Expte. Nº 4029-1186/85).-
-Avda. Garay e/ J.M. de Rosas y C. Sosa (Expte. Nº 4029-1187/85).-
-Avda. Garay e/ C. Sosa y Calle nº 130 (Expte. Nº 4029-1188/85).-
– Avda. Garay e/ nº 130 y calle nº 132 (Expte. Nº 4029-1189/85).-
ARTICULO Nº 2: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase.
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DOS DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO.
Expte. 449.-