EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, ACUERDE Y SANCIONA: la siguiente
ORDENANZA Nº 230/85
ARTICULO Nº 1: Apruébase la rendición de cuentas del Ejercicio 1984.–
ARTICULO 2º: Compensase los excesos producidos en Partidas del Presupuesto por gastos con la economías realizadas sobre el mismo Presupuesto según lo establecido por el articulo 67º de la Ley Orgánica de las Municipalidades y artículos 230º y 230º del Reglamento de Contabilidad.
ARTICULO Nº 3: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase.
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VENTITRES DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO.
Expte. Nº 437