EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, ACUERDE Y SANCIONA: la siguiente
ORDENANZA Nº 256/85
ARTICULO Nº 1: Declárese de utilidad pública y pago obligatorio para los propietarios o poseedores a título de dueño de las parcelas con frente a la obra, la ejecución de las obras de ampliación de la red de desagües cloacales en calle:
Av. Alsina e/Liniers y Pintos (acera par).-
Pringles e/ Brandsen y Cnl. Suarez (acera impar)
San Luis e/ Laprida y Liniers (acera par).-
ARTICULO Nº 2: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase.
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO.
Expte. Nº 474