EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, ACUERDE Y SANCIONA: la siguiente

ORDENANZA Nº  62/84

 

ARTICULO Nº 1: Autorízase a MENSAJERIA RURAL CHACABUCO formada por la Asociación de promoción Agraria Chacabuco (APACH) y SITERCO SRL.; a la instalación de anclajes en vereda y utilización del espacio público aéreo con tensores, para el sostenimiento de la antena emisora y receptora de las comunicaciones, ubicado en calle 137 Nº 130, cuya Nomenclatura Catastral es: Circ. I-Sec. F- Maz. 393 d, Parcela 4.-

 

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase.-

 

 DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS TREINTA  Y UN DIAS DEL MES DE MAYO DE 1984.-