EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, ACUERDE Y SANCIONA: la siguiente

 

ORDENANZA Nº  68/84

ARTICULO  1: Facúltase al D.E. para que ceda a título a la Provincia de Buenos Aires hasta el 31 de Diciembre de 1984 el uso del edificio municipal ubicado en calle Cervantes y San Luis.

 

ARTICULO  2: La Provincia destinará el referido edificio a la instalación en él de la Delegación Regional de la Subsecretaría de Trabajo.

 

ARTICULO 2º: Será a cargo de la Provincia el suministro de los servicios de electricidad, gas y teléfono, como así los gastos de mantenimiento del ejercicio.

 

ARTICULO Nº 4: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase.  

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO.- 

Expte. Nº 176.-