EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, ACUERDE Y SANCIONA: la siguiente

 

ORDENANZA Nº  100/84

 

ARTICULO Nº 1: Exímase del pago del importe que le corresponde abonar en concepto de ampliación y conexión al servicio de agua corriente al Sr. José Aluisi; cuya nomenclatura catastral es la siguiente; Circ.; I, Manzana; 544 D, Parcela 1 a.- Primera Junta y F. Oliden.

 

ARTICULO Nº 2: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e  inscríbase.  

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO.

Leg. 246.-