EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, ACUERDE Y SANCIONA: la siguiente

 

ORDENANZA Nº  104/84

 

ARTICULO Nº 1: Aut. al D.E. para celebrar con la Sociedad de Fomento de Castilla a los siguientes: 

  • Ceder el uso por el término de cinco años a la citada Sociedad de una Motoniveladora en desuso propiedad de la Comuna.
  • Obligase la Sociedad de Fomento a la reparación y mantenimiento de la máquina que se afectará a la conservación de la red Vial de Castilla, siendo a cargo de la Municipalidad la atención del personal y combustible.-  

 

ARTICULO Nº 2: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e   ———————— inscríbase.  

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO.

Leg. 258.-