EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, ACUERDE Y SANCIONA: la siguiente

 

ORDENANZA Nº  119/84

ARTICULO N.º 1: Autorizar a la Sociedad de Bomberos Voluntarios de Chacabuco la colocación de un semáforo en la intersección de las Calles Zapiola y Corrientes.

 

ARTUCULO N.º 2: Autorizar la circulación de vehículos en ambos sentidos en la Calle Corrientes, entre la Calle Corrientes, entre las Calles Zapiola y Alberdi de nuestra Ciudad.

ARTICULO N.º 3: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e  inscríbase.  

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO.

Leg. 260.-