EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, ACUERDE Y SANCIONA: la siguiente

ORDENANZA Nº 362/86

ARTICULO 1º: Declárese de Utilidad Pública y pago obligatorio para los propietarios o poseedores a titulo de dueño de las parcelas con frente a la obra, la ejecución de ampliación de la obra de red de desagües cloacales en calle Dean Funes entre Córdoba y Catamarca (acera par) de esta ciudad.———————————————————–

ARTICULO Nº 2: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase.

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS.

EXPTE.