EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, ACUERDE Y SANCIONA: la siguiente
ORDENANZA Nº 414/86
ARTICULO Nº 1: Autorízase al D.E. a celebrar acta- convenio, la cual tendrá por objeto sentar las bases para la elaboración del convenio definitivo para encarar la construcción del edificio y vivienda para la oficina de Correos y Telégrafos de la localidad de Rawson (Partido de Chacabuco).
ARTICULO Nº 5: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase.
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VENTICUATRO DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS.
Expte. 762